Cuando la resolución de un caso requiere conocimientos especializados, el proceso incorpora un perito: un experto que examina el objeto de estudio y produce un informe con sus conclusiones.

Los peritos pueden ser oficiales, designados de una lista, o de parte, propuestos por cada litigante. El informe pericial no obliga al juez, que puede apartarse de sus conclusiones, pero para hacerlo debe fundamentar por qué, con argumentos técnicos y no con su mera opinión.

Las especialidades más frecuentes

En materia penal, las pericias más habituales son las médicas, balísticas, químicas, contables, informáticas y de accidentología vial. En cada una existen protocolos de actuación que definen la metodología.

Las partes pueden impugnar una pericia por defectos de método, por falta de fundamentación o por la idoneidad del perito, y solicitar una ampliación o una nueva.

Los listados de peritos y sus requisitos de inscripción son públicos.