Los decretos de necesidad y urgencia están previstos en la Constitución como una herramienta excepcional: permiten al Presidente legislar cuando resulta imposible seguir el trámite ordinario. La discusión, desde hace años, es qué cuenta como imposible.
El control lo ejerce la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que debe expedirse sobre cada decreto. Pero la ley que reglamenta el mecanismo establece algo decisivo: un DNU sigue vigente hasta que las dos cámaras lo rechacen.
Por qué es tan difícil rechazar uno
Con una sola cámara que no se pronuncie, el decreto queda en pie. En la práctica, eso convierte al Congreso en un control débil: el oficialismo solo necesita frenar el tratamiento en un ámbito, no ganar una votación.
Varios proyectos propusieron invertir la lógica y establecer que el silencio equivalga al rechazo, o fijar un plazo de caducidad automática. Ninguno prosperó, en parte porque cada oficialismo termina valorando la herramienta cuando le toca gobernar.
La Corte Suprema se pronunció en distintas ocasiones sobre los límites materiales de los DNU, especialmente en materia tributaria y penal, donde la Constitución los prohíbe expresamente.
