Toda persona detenida conserva un conjunto de derechos que rigen desde el primer momento y que no dependen de la gravedad del hecho que se le atribuye.

Entre ellos figuran ser informada del motivo de la detención en términos comprensibles, comunicarse con un familiar o persona de confianza, contar con un abogado defensor —oficial si no puede costear uno— y no declarar sin su presencia.

Los plazos y el control judicial

La detención debe ser comunicada de inmediato al juez o fiscal competente, y existen plazos máximos para que la persona sea puesta a disposición judicial. Superarlos hace ilegítima la privación de libertad.

La persona detenida también tiene derecho a ser examinada por un médico y a que se deje constancia de su estado de salud al ingresar y al egresar de cualquier dependencia.

Los servicios de defensa pública atienden de manera gratuita en todas las jurisdicciones.