La respuesta estándar frente a un reclamo de consumo suele ser la misma: estaba en el contrato. Formalmente es cierto. Prácticamente, es una manera de no hacerse cargo.

Un contrato de adhesión de veinte páginas, redactado en lenguaje técnico y presentado en el momento de la contratación, no está diseñado para ser comprendido: está diseñado para ser aceptado. Y quien lo redactó lo sabe.

Lo que hicieron otras jurisdicciones

Varias avanzaron con obligaciones de lenguaje claro: resúmenes de una página con los puntos esenciales, prohibición de cláusulas sorpresivas, tipografía mínima y advertencias destacadas sobre lo que más afecta al consumidor.

No elimina la asimetría, que es estructural, pero cambia el punto de partida: la carga de explicarse pasa a quien redactó el documento en lugar de recaer sobre quien lo firma.

La letra chica no es un accidente del diseño gráfico.