La ley de teletrabajo regula la prestación de tareas fuera del establecimiento del empleador mediante tecnologías de la información. Se aplica cuando el trabajo remoto es la modalidad habitual, no cuando es esporádico.
Establece tres derechos que suelen ser los más consultados. El derecho a la desconexión digital, que impide exigir respuesta fuera del horario de trabajo. La provisión de equipamiento y la compensación de los gastos de conectividad por parte del empleador. Y la reversibilidad, que permite volver a la modalidad presencial.
Las tareas de cuidado
La norma también contempla a quienes tienen a cargo personas menores, con discapacidad o adultas mayores: pueden pactar horarios compatibles con esas tareas, sin que eso implique una reducción de derechos.
La reversibilidad es el punto que más discusión genera, porque su aplicación depende de si la relación se pactó como remota desde el inicio o si se transformó después.
Los convenios colectivos pueden mejorar estas condiciones, nunca reducirlas.
