Ante un despido sin justa causa, el trabajador registrado tiene derecho a una indemnización cuyo componente principal se calcula sobre la antigüedad: un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses.

La base de ese cálculo es la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año de servicios. Definir qué integra esa base es lo que más discusiones genera, especialmente con conceptos variables como comisiones o premios.

Los conceptos que se suman

Al monto por antigüedad se agregan el preaviso omitido, la integración del mes de despido, las vacaciones proporcionales no gozadas y el aguinaldo proporcional. Si el despido fue en un contexto agravado, pueden corresponder incrementos previstos por normas específicas.

El pago debe hacerse dentro de los plazos legales y con la liquidación final detallada. La firma de un recibo no impide reclamar diferencias si el cálculo fue incorrecto.

Las consultas pueden hacerse en las delegaciones del ministerio de trabajo de cada jurisdicción, que ofrecen asesoramiento gratuito.